Te informamos que la cuotas colegiales son deducibles en la declaración de la Renta cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, como es nuestro caso, y con un límite de 500€ anuales (tanto si eres Ingeniero dentro de una empresa o ejerces como autónomo).
Las cuotas colegiales se consideran gastos deducibles que restan de la base imponible. Su deducción en la declaración de la renta puede suponer un ahorro de entre el 20% y el 35% de la misma, según cada caso particular.
Como justificante del pago de la cuota colegial bastará el extracto bancario que refleja dicho pago.