Desde el Colegio Oficial y Asociación Valenciana de Graduados e Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (COGITCV/AGITCV), seguimos trabajando para que se reconozca la titulación de nuestros/as colegiados/as en la obtención del carné de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE).
Competencias de telecos
Entre las competencias de los colegios profesionales se encuentra la defensa de la profesión, así como el apoyo jurídico a sus colegiados/as. Es por eso que, tras la denegación del carné profesional RITE por el Servicio Territorial de Industria y Energia de la Generalitat Valenciana, que es el organismo encargado de expedir dicho carné, se ponen en marcha los mecanismos jurídicos. Desde el COGITCV/AGITCV, se traslada el expediente al servicio jurídico del Colegio Oficial y Asociación Española de Graduados e Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (COITT/AEGITT), para la defensa en contra de la denegación de este carné profesional.
En cuanto a estos trámites con la administración, ya hemos conseguido sentencias favorables. La última fue la sentencia nº 509/2020.
Sentencia favorable
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Valencia, en sentencia nº 509/2022, de 26 de octubre de 2020, estimó el recurso contencioso contra la resolución de 16 de mayo de 2019, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto frente a la resolución 2 de agosto 2018, resolución que anuló, reconociendo así el derecho del recurrente a que se le expida el carné profesional del RITE.
Detalla la sentencia que, en el artículo 42 del real decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, se establecen los requisitos para la obtención del carné profesional y entre ellos el de tener los conocimientos teóricos y prácticos sobre instalaciones térmicas en edificios. Se especifica que “se entenderá que poseen dichos conocimientos las personas que acrediten estar en posesión del título de Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso o del título de Técnico en Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Frío, Climatización y Producción de Calor, correspondientes a la Formación Profesional de Grado Superior y Medio, respectivamente” (art. 42.1 b.1).
La cuestión es que el artículo 42.3 del RITE implica que para que la administración aprecie la concurrencia de la excepción contenida en el mismo basta “la presentación de una copia compulsada del título académico”. Esto parece excluir un examen pormenorizado de las asignaturas que componen el expediente académico.
En particular, en un documento del Ministerio de Industria denominado “respuestas a preguntas frecuentes sobre el real decreto 265/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios”. A la hora de enumerar las titulaciones que habilitan a sus titulares para ser considerados “técnicos competentes para suscribir el certificado de eficiencia energética de los edificios” incluye a los ingenieros técnicos de telecomunicación.
Así pues, tras toda la documentación presentada, además de la redacción de los fundamentos de hecho y de derecho, la sentencia resultó ser favorable para la expedición del carné RITE.
Seguimos defendiendo la profesión teleco
Aún así, a día de hoy sigue habiendo denegaciones de dicho carné, por eso desde el COGITCV/AGITCV, seguimos luchando para que desde las diferentes administraciones, se reconozcan las competencias de los telecos y se admitan nuestras formaciones para poder desarrollar nuestra profesión en todos los ámbitos para los que estamos formados y, por lo tanto, capacitados.
Si te ocurre a ti, no dudes en ponerte en contacto con tu colegio profesional. Como colegiado/a del COGITCV/AGITCV, demarcación valenciana del COITT/AEGITT, tienes a tu disposición el servicio de asesoría laboral y fiscal continua, además de una defensa jurídica. Desde esta área, se facilita toda la formación necesaria para se puedan llevar a cabo proyectos innovadores, tanto networking como recursos para proyectos empresariales. Por otro lado, se ofrece asesoramiento jurídico, con varias sentencias a nuestro favor que avalan nuestra labor en este ámbito. Además, también puedes recibir orientación fiscal en el período del I.R.P.F o para la obtención de la licencia para el ejercicio libre profesional.
La sentencia completa en el área «Material de interés» de la web del COITT.