• Decreto 2479/1971 (BOE 18.10.71) regula las facultades y competencias propias de los ingenieros técnicos de telecomunicación.
  • Ley 12/1986 (BOE 2.4.86) referente a la regulación de las atribuciones profesionales de los arquitectos e ingenieros técnicos.

FOTOVOLTAICA:

  • Instituto de Energía Solar / Escuela de Ingenieros de Telecomunicación, Universidad Politécnica de Madrid (IES/EIT-UPM), publicado en BOUPM núm. 74, marzo 2005, creado por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 16-feb-1979, con el objetivo fundamental de hacer útil tanto social como económicamente la electricidad producida por la energía solar.
  • Real Decreto 177/2008, reconoce la atribución en los siguientes módulos profesionales a todas las especialidades de la Ingeniería Técnica de Telecomunicaciones.
    0232 Automatismos industriales.
    0233 Electrónica.
    0234 Electrotecnia.
    0235 Instalaciones eléctricas interiores.
    0236 Instalaciones de distribución.
    0238 Instalaciones domóticas.
    0239 Instalaciones solares fotovoltaicas.
    0240 Máquinas eléctricas.
  • Reales Decretos 219/2008, 220/2008, 276/2007, 334/2004, 777/1998, 2046/1995, 2044/1995, 623/1995, 621/1995, 850/1993, etc. confirman una tradición en el reconocimiento de tal atribución del decreto anterior.

TÉRMICA:

  • Reales Decretos 118/2008, 220/2008, reconocen la atribución en los siguientes módulos profesionales a todas las especialidades de la Ingeniería Técnica de Telecomunicaciones.

0121 Equipos e instalaciones térmicas.
0122 Procesos de montaje de Instalaciones.
0123 Representación gráfica de Instalaciones.
0124 Energías renovables y eficiencia energética.
0125 Configuración de instalaciones de climatización, calefacción y ACS.
0126 Configuración de instalaciones frigoríficas.
0127 Configuración de instalaciones de fluidos.
0128 Planificación del montaje de instalaciones.
0129 Proyecto de instalaciones térmicas y de fluidos.
0133 Gestión del montaje, de la calidad y del mantenimiento.
0134 Configuración de instalaciones térmicas y de fluidos.
0135 Mantenimiento de instalaciones frigoríficas y de climatización.
0136 Mantenimiento de instalaciones caloríficas y de fluidos.
0137 Proyecto de mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos.

  • Reales Decretos 219/2008, 220/2008, 276/2007, 334/2004, 777/1998, 2046/1995, 2044/1995, 850/1993, etc. confirman una tradición en el reconocimiento de tales atribuciones de los decretos anteriores.

Nota: Cuando estos asuntos tengan efectos en un servicio exclusivo de telecomunicaciones, el Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones es en ese caso más prevalente que otras titulaciones con las que comparte atribuciones.

Todo esto permite:

  • Emitir informes o dictámenes y practicar peritajes.
  • Construcción de toda clase de Instalaciones.
  • Redactar, firmar y dirigir proyectos.
  • Ejercer la docencia.
  • Dirección de Industrias.

Real Decreto 1954/1994 (BOE 17.11.94) referente a homologaciones de títulos.

Especialidades de los Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (ITT):

  • Sistemas electrónicos.
  • Telemática.
  • Sonido e imagen.
  • Sistemas de Telecomunicaciones.

Energía solar

Durante los últimos años se ha incrementado exponencialmente el número de instalaciones de energía solar, tanto térmica como fotovoltaica. Los factores de este incremento son los siguientes: la concienciación por parte de la ciudadanía de la necesidad de utilizar energías limpias, las leyes que obligan a la instalación de estos sistemas y las subvenciones y ayudas que parten de las administraciones públicas.

Real Decreto 436/2004. Se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía en régimen especial.