Infraestructuras Comunes de Telecomunicación
ICT
La ICT permite a los ciudadanos, mediante su instalación en el interior de los edificios, un acceso de calidad, libre y con segundad, a los servicios de telecomunicaciones existentes:
- Acceso a las señales de radiodifusión sonora y televisión, procedentes de emisiones terrestres y satélite.
- Acceso al servicio de telefonía con la tecnología disponible al público (voz y datos).
- Acceso a los servicios de telecomunicaciones de banda ancha.
Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Regulador de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
Orden ITC 1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo.
Atribuciones generales del Ingeniero Técnico de Telecomunicación.
- Decreto 2479/1971 (BOE 18.10.71) regula las facultades y competencias de los ingenieros técnicos de telecomunicación.
- Ley 12/1986 (BOE 2.4.86) referente a la regulación de las atribuciones profesionales de los arquitectos e ingenieros técnicos.
- Real Decreto 1954/1994 (BOE 17.11.94) referente a homologaciones de títulos.
Todo esto permite:
- Emitir informes o dictámenes y practicar peritajes.
- Dirigir la ejecución material de la construcción, instalación, control técnico y el mantenimiento de sus instalaciones o industrias.
- Redactar y firmar proyectos.
Los Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (ITT) cursan actualmente una de las cuatro especialidades siguientes:
- Sistemas electrónicos.
- Telemática.
- Sonido e imagen.
- Sistemas de Telecomunicaciones.